Impuesto turístico de las Islas Baleares

La normativa sobre este impuesto se encuentra descrita en el BOIB nº42 (Boletín Oficial de las Islas Baleares) del 2 de abril de 2016 (páginas 9110 a 9121). Haciendo clic aquí podrá consultarlo directamente.

A continuación resumimos los aspectos más relevantes:

  • El impuesto se aplica a las estancias a partir del 1 de julio de 2016.
  • Se aplica a los ocupantes de 16 años o más.
  • Se trata de una importe por persona y día que depende del tipo de alojamiento.
  • Hay una bonificación del 50% para las estancias en temporada baja (desde el 1 de noviembre al 30 de abril).
  • Hay una bonificación del 50% para los días noveno y siguientes de la estancia.
  • Las bonificaciones son acumulativas.

En el caso de alquiler vacacional (no hotelero) los importes por persona y día son los siguientes dependiendo del tipo de alojamiento:

  • Apartamentos turísticos de 4 llaves y 4 llaves superior: 2 €
  • Apartamentos turísticos de 3 llaves superior: 1,5 €
  • Apartamentos turísticos de 1, 2 y 3 llaves: 1 €
  • Establecimientos de alojamientos no residenciales de empresas turístico-residenciales: 2 €
  • Viviendas turísticas de vacaciones, viviendas objeto de comercialización de estancias turísticas y viviendas objeto de comercialización turística: 1 €
  • Hoteles rurales, agroturismos, hospederías y alojamientos de turismo de interior: 1 €
  • Hostales, hostales residencia, pensiones, posadas y casas de huéspedes, campamentos de turismo o campings: 0,5 €
  • Albergues y refugios: 0,5 €
  • Otros establecimientos o viviendas de carácter turístico: 1 €

Entendiendo el impuesto

Como un ejemplo vale más que mil palabras, vamos a explicar el cálculo del impuesto suponiendo que nuestros alojamientos se encuentran en el grupo “Apartamentos turísticos de 1, 2 y 3 llaves”, es decir, el impuesto será de 1 € por persona y día en temporada alta, y tomando como ejemplo de referencia una reserva en la que se dan todos los casos posibles de temporadas y bonificaciones:

Para facilitar los cálculos, supongamos que se trata de una reserva de un solo adulto, es decir, que el importe diario del impuesto es de 1 €.

La situación es la siguiente:

  • Noches en temporada alta: 12 (20/10/2016 - 31/10/2016)
  • Noches en temporada baja: 11 (01/11/2016 - 11/11/2016)
  • A - Noches sin bonificar en temporada alta: 8 (20/10/2016 - 27/10/2016)
  • B - Noches sin bonificar en temporada baja: 0
  • C - Noches bonificadas en temporada alta: 4 (28/10/2016 - 31/10/2016)
  • D - Noches bonificadas en temporada baja: 11 (01/11/2016 - 11/11/2016)

Por lo que los importes serán:

  • A: 8 x 1 € = 8 €
  • B: 0 x 0,50 € = 0€
  • C: 4 x 0,50 € = 2 € (bonificación por ser a partir de la 9 noche)
  • D: 11 x 0,25 € = 2,75 € (bonificación por temporada baja y noche a partir de la 9)

TOTAL: 12,75 €

Otra forma de hacer el cálculo sería el siguiente:

  • Temporada alta: 12 x 1 € = 12 €
  • Temporada baja: 11 x 0,50 € = 5,50 €
  • Bonificación por más de 8 noches en temporada alta: 4 x -0,50 € = -2 €
  • Bonificación por más de 8 noches en temporada baja: 11 x -0,25 € = -2.75 €

Configurándolo en Turigest

Este impuesto se gestiona en Turigest a través de los complementos. Para explicar cómo hacerlo, vamos a suponer (como en el apartado anterior) que nuestros alojamientos se encuentran en el grupo “Apartamentos turísticos de 1, 2 y 3 llaves”, es decir, el impuesto será de 1 € por persona y día en temporada alta.

1 - Crear un nuevo TIPO de complemento

Hay que acceder a “Archivo”→“Tipos de complemento” y crear un tipo específico para este impuesto. En el ejemplo que se muestra a continuación, lo hemos llamado “Impuesto turístico de las Islas Baleares” pero se le puede dar el nombre que se considere conveniente. Está resaltado con un recuadro azul:

El procedimiento es sencillo: hay que hacer clic sobre el botón de la parte superior izquierda con icono en forma de “+” y rellenar la ventana de un modo similar al de la imagen que sigue, asegurándonos de marcar la casilla “Es una tasa”.

2 - Crear las listas predefinidas de viviendas necesarias

El impuesto tiene diferentes importes en función del tipo o la categoría del alojamiento. Por ello, puede ser necesario crear listas con las viviendas que pertenecen a cada tipo (p.e. una lista para los apartamentos de 1, 2 o 3 llaves y otra para los de 4). Sí, además, se gestionan alojamientos en Baleares y fuera de Baleares, en esta lista o listas deben estar excluidos los que se encuentren fuera de las islas y, por tanto, exentos.

A continuación se muestra un ejemplo en el que se ha señalado la nueva lista con una flecha:

Para acceder a las listas predefinidas, se puede ir a “Archivo”→“Viviendas” y luego proceder como se indica en la imagen que sigue:

3 - Crear los complementos predefinidos

Ahora desde “Archivo”→“Complementos predefinidos” hay que crear y parametrizar una serie de complementos para contemplar las diferentes condiciones de aplicación del impuesto. Se deben crear cuatro:

Para facilitar el trabajo no hay que olvidar que es posible clonar complementos. En esta página se indica cómo.

Y la parametrización debe ser la siguiente:


4 - Indicar que no se agreguen si el importe final es cero

Esto es fundamental para que los complementos se apliquen correctamente según la temporada se baja o alta. En todos ellos hay que marcar la casilla que se indica a continuación:

5 - Parametrizando otros tipos de alojamiento

Como se indicaba más arriba, en esta documentación se ha utilizado como ejemplo el impuesto de 1 € aplicable según la normativa a los “Apartamentos turísticos de 1, 2 y 3 llaves”. Para el caso de otros tipos de alojamiento, con otro importe como base, hay que proceder de igual manera, es decir, mantener las proporción de los importes.

Veamos como ejemplo los complementos que habría que crear para los “Apartamentos de 3 llaves o superior” cuyo importe base es de 1,5 € por persona y día. Serían los siguientes:

  • Temporada alta con precio unitario 1,5 €
  • Temporada baja con precio unitario 0,75 €
  • Bonificación temporada alta 0,75 €
  • Bonificación temporada baja 0,375 €

6 - Objetivo cumplido

El resultado de haber seguido correctamente los pasos anteriores es que, desde ahora, al hacer una reserva se generará automáticamente el complemento correspondiente al impuesto. El importe se habrá calculado en función de sus ocupantes, duración y ubicación. La forma más sencilla de asegurarnos de que todo está correcto es hacer varias reservas ficticias en diferentes alojamientos, fechas y con diferente duración, cantidad de ocupantes, etc. y comprobar que el importe de los complementos es el esperado.

Dado que los ocupantes de menos de 16 años están exentos, al hacer la reserva deberemos especificar como adultos los ocupantes de 16 años o más y como niños los restantes. De este modo el cálculo obtenido será el correcto para la parametrización que se ha propuesto en este documento de ayuda.

El importe total de lo complementos de tipo tasa aparece en la ventana de reserva en el elemento señalado con la flecha roja

y en la ventana de los complementos de reserva

Haciendo ajustes

En algunas circunstancias, sobre todo en el caso de reservas que proceden de sistemas de reservas online, puede que el importe total de la reserva (el del alojamiento) ya incluya el importe de las tasas. Si además tenemos configurados los complementos tasa como se indica en los apartados anteriores, nos podemos encontrar con que Turigest vuelve a añadir la tasa en forma de complemento. En casos así nos encontramos con que el importe del alojamiento ya incluye la tasa y además tenemos un complemento tasa.

Para corregir esta circunstancia se ha creado una opción en la ventana de gestión de los complementos de la reserva. Está disponible a través del botón de “Herramientas” y se llama “Restar importes de las tasas al importe del alojamiento” tal y como se muestra en la imagen siguiente:

Esta opción permite corregir el importe del alojamiento restándole el de la tasa manteniendo ésta en forma de complemento.

Informe de liquidación

En el apartado “Herramientas”→“Listados” se ha creado un nuevo informe llamado “Tasas - Informe de liquidación”. Éste nos permite (por el periodo que consideremos oportuno o que la ley establezca) obtener un listado detallado de todas las tasas de un determinado tipo que hay en las reservas de un intervalo de tiempo determinado.

Es importante tener en cuenta que este informe se basa en los complementos de tipo tasa que hay en las reservas, no se basa en facturas.
  • La información se muestra agrupada y subtotalizada por vivienda y por propietario, ya que hay que presentar una liquidación por cada vivienda.
  • El listado toma las reservas cuya fecha de salida se encuentra en el periodo especificado.

IMPORTANTE: Se debe de disponer de una versión 7.11 o superior de Turigest para poder llevar a cabo esta parametrización. Para saber cómo actualizar su programa puede acceder a esta página

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Turigest 7.11